Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el sobreseimiento por prescripción de la presente causa, seguida por el delito de HURTO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 8, primera parte de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en concordancia con el artículo 5 eiusdem, cometido en perjuicio de la Finca SAN RAFAEL, que pertenece a la Hacienda SAN JOAQUIN, ubicada en el sector Capiú, Municipio Sucre del Estado Zulia, propiedad de JOAQUIN PEREZ MORAN, quedando en consecuencia extinguida la acción penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 8 eiusdem, y en relación con el artículo.....