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Decisiones del dia 15/11/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 11] Página 1 de 2
N° Expediente : OP01-P-2006-000627 N° Sentencia : OP01-P-2006-000627 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): JORGE RAFEAL PEREZ RAMIREZ
Resumen:
En este orden de ideas, la Ley Especial en comento, nos señala en su artículo 7, que "los sistemas y tratamientos serán concebidos para su desarrollo gradualmente progresivo, encaminados a fomentar en el penado el respeto a si mismo, los conceptos de responsabilidad y convivencia sociales y la voluntad de vivir conforme a la Ley", por lo tanto, este principio de progresividad, reforzado en el artículo 61 del mismo texto legal, nos establece la adecuación del penado en cada uno de los resultados obtenidos, que siendo éstos favorables se pudiera adoptar medidas y fórmulas de cumplimiento de penas más próximas a la libertad plena que debiere alcanzar el penado, es decir, representarían tales fórmulas de cumplimiento de pena, una evolución paulatina del penado para su total reinserción en la sociedad, y alimenta los valores de compromiso y responsabilidad en su entorno, cuyos resultados a la postre deberían ser de que no sólo el penado no procliva en la comisión de otro hecho punible, sino.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2006-000627 N° Sentencia : OP01-P-2006-000627 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): JORGE RAFEAL PEREZ RAMIREZ
Resumen:
La Constitución establece dos principios fundamentales que definen el régimen penitenciario que conviene considerar por separado: a) que el Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure el respeto a los Derechos Humanos y, b) la rehabilitación del interno, entendido por tal el proceso de formación del penado para que pueda desempeñar un trabajo al término de la condena, ayudándolo a incorporarse al mercado laboral, a desenvolverse de forma eficaz en su entorno social y a gozar de la mayor independencia posible. El mandato constitucional arriba trascrito, establece las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria y deberá preferirse en los establecimientos carcelarios el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias, así como la suspensión de la condena, a objeto de humanizar más el régimen y lograr la más rápida reinserción del penado a la sociedad. En cuanto a.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2004-000336 N° Sentencia : OP01-P-2004-000336 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): JONATHAN JOSE GONZALEZ
Resumen:
En este orden de ideas, la Ley Especial en comento, nos señala en su artículo 7, que "los sistemas y tratamientos serán concebidos para su desarrollo gradualmente progresivo, encaminados a fomentar en el penado el respeto a si mismo, los conceptos de responsabilidad y convivencia sociales y la voluntad de vivir conforme a la Ley", por lo tanto, este principio de progresividad, reforzado en el artículo 61 del mismo texto legal, nos establece la adecuación del penado en cada uno de los resultados obtenidos, que siendo éstos favorables se pudiera adoptar medidas y fórmulas de cumplimiento de penas más próximas a la libertad plena que debiere alcanzar el penado, es decir, representarían tales fórmulas de cumplimiento de pena, una evolución paulatina del penado para su total reinserción en la sociedad, y alimenta los valores de compromiso y responsabilidad en su entorno, cuyos resultados a la postre deberían ser de que no sólo el penado no procliva en la comisión de otro hecho punible, sino.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-006079 N° Sentencia : OP01-P-2005-006079 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): HERNAN DEL VALLE NAVARRETE
Resumen:
En este orden de ideas, la Ley Especial en comento, nos señala en su artículo 7, que "los sistemas y tratamientos serán concebidos para su desarrollo gradualmente progresivo, encaminados a fomentar en el penado el respeto a si mismo, los conceptos de responsabilidad y convivencia sociales y la voluntad de vivir conforme a la Ley", por lo tanto, este principio de progresividad, reforzado en el artículo 61 del mismo texto legal, nos establece la adecuación del penado en cada uno de los resultados obtenidos, que siendo éstos favorables se pudiera adoptar medidas y fórmulas de cumplimiento de penas más próximas a la libertad plena que debiere alcanzar el penado, es decir, representarían tales fórmulas de cumplimiento de pena, una evolución paulatina del penado para su total reinserción en la sociedad, y alimenta los valores de compromiso y responsabilidad en su entorno, cuyos resultados a la postre deberían ser de que no sólo el penado no procliva en la comisión de otro hecho punible, sino.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2006-004405 N° Sentencia : OP01-P-2006-004405 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): FABIOLA JACQUELINE PEÑA
Resumen:
La Constitución establece dos principios fundamentales que definen el régimen penitenciario que conviene considerar por separado: a) que el Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure el respeto a los Derechos Humanos y, b) la rehabilitación del interno, entendido por tal el proceso de formación del penado para que pueda desempeñar un trabajo al término de la condena, ayudándolo a incorporarse al mercado laboral, a desenvolverse de forma eficaz en su entorno social y a gozar de la mayor independencia posible. El mandato constitucional arriba trascrito, establece las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria y deberá preferirse en los establecimientos carcelarios el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias, así como la suspensión de la condena, a objeto de humanizar más el régimen y lograr la más rápida reinserción del penado a la sociedad. En cuanto a.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2004-000792 N° Sentencia : OP01-P-2004-000792 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena
Partes:
PENADO: JHONNY ALEXANDER JAIMES HERNANDEZ
Resumen:
Con base en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado ciudadano JHONNY ALEXANDER JAIMES HERNANDEZ, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 02 de marzo de 1977, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.815.800, residenciado en la Calle Arismendi, entre calles La Marina y Maneiro, Quinta Soila Anamaría, Casa N° 6-50, Porlamar, Estado Nueva Esparta,, por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, contados a partir de la fecha de la notificación del presente auto; debiendo cumplir las condiciones arriba indicadas. Todo de conformidad con los artículos 494, 495 y 500, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-005320 N° Sentencia : OP01-P-2005-005320 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): JHOAN GREGORIO FARIAS
Resumen:
La Constitución establece dos principios fundamentales que definen el régimen penitenciario que conviene considerar por separado: a) que el Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure el respeto a los Derechos Humanos y, b) la rehabilitación del interno, entendido por tal el proceso de formación del penado para que pueda desempeñar un trabajo al término de la condena, ayudándolo a incorporarse al mercado laboral, a desenvolverse de forma eficaz en su entorno social y a gozar de la mayor independencia posible. El mandato constitucional arriba trascrito, establece las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria y deberá preferirse en los establecimientos carcelarios el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias, así como la suspensión de la condena, a objeto de humanizar más el régimen y lograr la más rápida reinserción del penado a la sociedad. En cuanto a.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2006-004054 N° Sentencia : OP01-P-2006-004054 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): GILBERTO DEL VALLE MARTINEZ
Resumen:
La Constitución establece dos principios fundamentales que definen el régimen penitenciario que conviene considerar por separado: a) que el Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure el respeto a los Derechos Humanos y, b) la rehabilitación del interno, entendido por tal el proceso de formación del penado para que pueda desempeñar un trabajo al término de la condena, ayudándolo a incorporarse al mercado laboral, a desenvolverse de forma eficaz en su entorno social y a gozar de la mayor independencia posible. El mandato constitucional arriba trascrito, establece las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria y deberá preferirse en los establecimientos carcelarios el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias, así como la suspensión de la condena, a objeto de humanizar más el régimen y lograr la más rápida reinserción del penado a la sociedad. En cuanto a.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2006-004405 N° Sentencia : OP01-P-2006-004405 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): FABIOLA JACQUELINE PEÑA
Resumen:
En este orden de ideas, la Ley Especial en comento, nos señala en su artículo 7, que "los sistemas y tratamientos serán concebidos para su desarrollo gradualmente progresivo, encaminados a fomentar en el penado el respeto a si mismo, los conceptos de responsabilidad y convivencia sociales y la voluntad de vivir conforme a la Ley", por lo tanto, este principio de progresividad, reforzado en el artículo 61 del mismo texto legal, nos establece la adecuación del penado en cada uno de los resultados obtenidos, que siendo éstos favorables se pudiera adoptar medidas y fórmulas de cumplimiento de penas más próximas a la libertad plena que debiere alcanzar el penado, es decir, representarían tales fórmulas de cumplimiento de pena, una evolución paulatina del penado para su total reinserción en la sociedad, y alimenta los valores de compromiso y responsabilidad en su entorno, cuyos resultados a la postre deberían ser de que no sólo el penado no procliva en la comisión de otro hecho punible, sino.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : OP01-P-2006-004054 N° Sentencia : OP01-P-2006-004054 Fecha: 15/11/2006
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO (A): GILBERTO DEL VALLE MARTINEZ
Resumen:
La Constitución establece dos principios fundamentales que definen el régimen penitenciario que conviene considerar por separado: a) que el Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure el respeto a los Derechos Humanos y, b) la rehabilitación del interno, entendido por tal el proceso de formación del penado para que pueda desempeñar un trabajo al término de la condena, ayudándolo a incorporarse al mercado laboral, a desenvolverse de forma eficaz en su entorno social y a gozar de la mayor independencia posible. El mandato constitucional arriba trascrito, establece las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria y deberá preferirse en los establecimientos carcelarios el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias, así como la suspensión de la condena, a objeto de humanizar más el régimen y lograr la más rápida reinserción del penado a la sociedad. En cuanto a.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
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