II. Dispositivo:
Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1) La INCOMPETENCIA en el DIVORCIO 185. POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos NERCIDA LILIANA GARCIA y EDIXON JOSE MACHADO REYES, venezolanos, mayores de edad, con cedulas de identidad Nos. V- 18.876.432 y V- 20.659.546, con número telefónico: 0424-614-4131 Y 0412-21-1375, con correo electrónico: nercidagarcia32@gmail.com y maleiwa12@gmail.com, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
2) Se ordena remitir la presente solicitud en original al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los .....