Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, propuesta por los ciudadanos VALDEMAR ENRIQUE URDANETA CARDOZO Y ANNIADES FERMINA AMARIS DE URDANETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-6.608.526 y V-13.718.680, respectivamente, domiciliados en la Población de Encontrados Municipio Catatumbo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que ellos contrajeron el día dos (02) de julio de 1985, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia del Municipio Encontrados, Distrito Catatumbo hoy Municipio Catatumbo del Estado Zulia, según acta de matrimonio No.13.
Dejándose constancia expresa, que los ciudad.....