PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra la decisión de fecha 2 de julio de 2014 y su aclaratoria de fecha 8 de julio de 2014, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JAVIER CABARCAS DÍAZ, en contra de las sociedades mercantiles COPS ELECTRONICS, S.A., y MGB ELECTRONICS, S.A., en consecuencia, se condena a las sociedades mercantiles COPS ELECTRONICS, S.A., y MGB ELECTRONICS, S.A., a pagar al ciudadano JAVIER CABARCAS DÍAZ, la cantidad bolívares 6 mil 523 con 33/100 céntimos, más los intereses sobre las prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación, calculados éstos mediante experticia complementaria del fallo.
TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA en costas procesales dada.....