PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo opuesta por la parte demandada, sociedad mercantil CLIPPER SEAFOOD DE VENEZUELA, C.A. (CLISEVECA), referida a la Prescripción de la Acción interpuesta en su contra por el ciudadano JOSÉ GREGORIO TUDARES, por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO TUDARES, en contra de la sociedad mercantil CLIPPER SEAFOOD DE VENEZUELA, C.A. (CLISEVECA), por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: No se impone en costas al demandante conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber devengado menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido conforme a lo previsto en el artículo 64 del mismo texto adjetivo laboral.