Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA FORMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA RELACIONADA AL OTORGAMIENTO DE REGIMEN ABIERTO, al penado: RUBEN BENCOMO VENEGO, de nacionalidad venezolana, natural del Estado Bolívar, de 19 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cedula de Identidad Nº 19.075.375, residenciado en el Barrio el Gaitero, calle 119, Nro. 28-78, a una cuadra de Tostadas El Guaye, Maracaibo Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, quien fue condenado en fecha 31-07-2003, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) años y OCHO (08) meses de presidio, por la comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÒN .....