DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: ABANDONADA LA DEFENSA de los Acusados Ciudadanos JOEL DE JESUS CARDENAS MOLLEDA Y LEONARDO JOSE GONZALEZ, por parte del abogado privado FRANKLIN GUTIERREZ ,venezolano, abogado en ejercicio con inpreabogado Nº 69.833, con domicilio Procesal: calle 78 con avenida 14ª. Edificio Adriática, Piso 3º, Oficina 31. Maracaibo. Estado Zulia. Conforme a lo establecido en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en concordancia con el artículo 332 del Código Orgánico Procesal Penal, y en acatamiento de las Sentencias de la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia Nº 3744 de fecha 22 de Diciembre de 2002, y su aclaratoria Nº 2684 de fecha 12 de agosto del 2005. SEGUNDO: Co.....