Dispositivo
Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara:
1. SIN LUGAR la apelación formulada por la profesional del derecho NERITZA MELEAN PORTILLO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano BENITO JOSÉ LEÓN QUIJADA, en contra de la decisión de fecha 01 de junio de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
2. CON LUGAR PARCIALMENTE, la demanda de LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguida por YOVELINA DEL VALLE LÓPEZ RAMÍREZ contra BENITO JOSÉ LEÓN QUIJADA.
3. INADMISIBLE, la RECONVENCIÓN formulada por la parte demandada.
4. PRECÉDASE de conformidad con lo previsto en el.....