VI. DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Inadmisible la apelación ejercida por la Ciudadana Dra. Eleana Alcalá de Ocando en su carácter de apoderada judicial del Ciudadano José Antonio Bigorra Prieto contra el auto de fecha 09.06.2004, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Improcedente la remisión del expediente Original encabezado con la solicitud de único y universal heredero presentada por el ciudadano José Antonio Bigorra Prieto.
Tercero: No hay condena en costas por la índole del presente fallo.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y Déjese copia.
Remítase el expediente original al Tribunal de la causa en su oportunidad.....