PRIMERO: Ratifica la admisión del Escrito de Acusación, presentado por la Fiscalía 37° del Ministerio Público, así como las Pruebas Ofrecidas, en todo su contenido las cuales fueron expresadas de manera oral en este acto, por el Fiscal Especializado del Ministerio Público, en contra de los adolescentes 1) (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo nacido en fecha 02-05-1997, DE 17 años de edad, vendedor, residenciado en 1 de Mayo, Sector Nueva Via MARACAIBO ESTADO ZULIA por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, observándose el error material en el año de nacimiento , haciéndose la corrección de la acusación que no es año 1999 sino 1997, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 335 del Código Orgánico Procesal Penal .