El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que los solicitantes alegan, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Título suficiente para asegurar su condición como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus, JOSÉ LUÍS VELÁSQUEZ SUÁREZ, quien era titular de la cédula de identidad N° 4.648.218, a la ciudadana JOSHIL DEL VALLE VELÁSQUEZ PATIÑO, titular de la cédula de identidad N° 14.221.931, en su condición de hija y a la ciudadana HILDA JOSEFINA PATIÑO DE VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad 3.489.098, en su condición de cónyuge del finado antes mencionado.