DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes vertidos, Este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY declara PROCEDENTE la demanda por ESTABILIDAD LABORAL (CALIFICACIÓN DE DESPIDO Y REENGANCHE A SUS LABORES HABITUALES DE TRABAJO Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS) incoado por el ciudadano ALÍ ALBERTO DEL CARMEN PÉREZ PRADO contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO SA. En consecuencia se condena a la parte demandada:
PRIMERO: El reenganche del ciudadano ALÍ ALBERTO DEL CARMEN PÉREZ PRADO a sus labores habituales de trabajo antes de la ocurrencia del despido.
SEGUNDO: El pago de los salarios caídos desde la fecha del despido hasta la fecha efectiva de su reincorporación definitiva a sus labores habituales de trabajo o hasta la oportunidad de que se insista en el despido.
A los fines.....