Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos HIOLMAR JOSE URDANETA LEON Y MARIBEL MARÍA PEREZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de la Cédula de Identidad Números V- 13.011.553 y V- 12.493.889 domiciliados en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, ,en fecha 24 de Diciembre de 1987, por ante el Prefecto del Municipio Urribarri, hoy Parroquia Urribarri, emanada de la Dirección de Coordinaciones Civil, Coordinación Civil de la Parroquia Civil , Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 64 acompañada a los autos en copia certificada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, .....