PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ STEWART, inscrita en los Libros de Registro Civil de Nacimientos que lleva la Prefectura del Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, anotada bajo el N°. 40, folio vuelto 25, de fecha 24.02.1975.
SEGUNDO: Se ordena participar mediante oficio a la Prefectura del Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta y al Registrador Principal de ese Estado, a objeto de que se sirva corregir el error alegado en el acta de nacimiento anotada bajo el N°. 40, folio 25, de fecha 24.02.1975 del ciudadano LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ STEWART, en el sentido de que donde se identifica a la madre como FIDELA STEVART, debe decir FIDELA STEWART, que es como verdaderamente corresponde.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.