DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ELIZABETH DEL CARMEN JATEM DE LEON y JAIME ALBERTO LEON FRANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.517.898 y 3.650.927 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el 13 de marzo de 1976, ante el Juzgado Tercero del Municipio Urbano de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, acta Nº 3, año 1976, acompañada a los autos en Copia Certificada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secreta.....