DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Dra. MILAGROS SOTO CALDERA, en su carácter de Jueza Novena de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, planteada de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarse incursa en dicha causal de inhibición, en el asunto penal N° 9C-12694-11, seguido en contra de los ciudadanos, FRANCISO RAFAEL GONZALEZ MARIN y RAMON RAFAEL CAMPOS ORDAZ, por el delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVISIMAS A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previstos y sancionados en los Artículos 414 y 438 respectivamente del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana KARENINA VILLALOBOS MONTIEL DE BORJAS. Todo ello conforme a.....