DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, en la solicitud de Oferta Real de Pago y Depósito, intentada por la ciudadana ELIZABETH PÉREZ, a favor del ciudadano RODULFO ALVAREZ COLINA, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se declara inadmisible la presente solicitud de Oferta Real de Pago y Depósito, por ser contraria a la ley, al no haber cumplido la parte solicitante con la carga procesal establecida en el artículo 820 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 341 ejusdem, para el momento de la admisión de l.....