DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Juicio constituido en Forma Mixta, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: POR UNANIMIDAD y CONSENSO DECLARA CULPABLE al Acusado ARGENEL FRANCISCO DUARTE HERNANDEZ 0 JULIO CESAR RETAMOZA, Colombiano, natural del Departamento de Tierra Alta, Córdoba, fecha de nacimiento 29-01-64, portador de la Cedula de Identidad Personal No. 78.585.285, de 43 años de edad, Soltero, Agricultor, hijo de CARLOS DUARTE Y GEORGINA DE JESUS HERNANDEZ MARTINEZ, residenciado en la Misión del Tocuco, Machiques, Perijá del Estado Zulia., como AUTOR y RESPONSABLE en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRAO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los artículo 406, ordinal 1°, en concordancia con el artículo 82, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano OMAR CABR.....