Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación formulada por la Fiscalía XXI del Ministerio Público, representada por el Abogado PEDRO TEJEDOR MENDEZ, en contra del ciudadano ENDER ALEXANDER BASABE ROJO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Trujillo Estado Trujillo, de 18 años de edad, Fecha de Nacimiento: 15-07-1988, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad V-17.697.469, hijo de Edgar Basabe y de María Agustina Rojo, y residenciado en el caserío Palo de Flores, calle principal, casa s/n, al lado del negocio de la señor Amparo, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLACION previsto y sanci.....