1.- SIN LUGAR LA TACHA PLANTEADA POR LA PARTE DEMANDADA.
2.- LA CONFESIÓN DE LAS PARTE DEMANDADA VIDEO DANILO y el ciudadano DANILO RAMÓN CANQUIS, anteriormente identificadas, en virtud de lo establecido artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
3.- PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ADELMO SANABRIA en contra de la demandada VIDEO DANILO, y el ciudadano DANILO RAMON CANQUIS , ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales, por motivo de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
4.- SE CONDENA a las partes co-demandadas, ante identificada, a cancelar al ciudadano ADELMO SANABRIA, la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUATRENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS. (Bs. 4.344.998.92), por los conceptos especificados en la parte motiva del presente fallo.
5.- SE ORDENA el pago de los intereses de mora de las cantidades condenadas a la parte demandada a favor de la pa.....