En fuerza de los argumentos vertidos en esta decisión, este JUZGADO SUPERIO SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, niega la solicitud de aclaratoria de sentencia formulada por el abogado José Hernández en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil BAROID DE VENEZUELA S.A.