este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del adolescente MIGUEL Identidad Omitida (De Conformidad Con El Artículo 65 De La Ley Orgánica Para La Protección Del Niño Y Del Adolescente)en cuanto al número de cédula de identidad del padre, el cual deberá en lo adelante aparecer “13.674.229”, Partida ésta asentada bajo el N° 219, folio 112 frente del Libro de Nacimientos llevado por la Prefectura del Municipio Torres en el año 1994