DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ALBENIS JOSÉ MARCANO REYES, titular de la cédula de identidad número V-4.019.843, a la ciudadana MARLENE COROMOTO ROJAS de MARCANO, titular de la cédula de identidad número V-5.180.023, en su condición de esposa y a los ciudadanos EDICIO RAFAEL MARCANO RODRIGUEZ, ALBENIS JOSÉ MARCANO ROJAS (Dif), RIXIO NEL MARCANO ROJAS, MARBENIS JOSÉ MARCANO ROJAS y MARGARETH LUCIA MARCANO ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números: V-13.402.508, V-14.493.944, V-16.471.730, V-19.118.067 y V-20.742.705, respectivamente; en su condición de hijos. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 d.....