En virtud de lo antes expuesto, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la profesional del Derecho JESSICA CHIQUINQUIRA FERRER QUINTERO, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 210.513, en su condición de defensora privada de los ciudadanos ANDRÉS ELOY OCHOA QUINTERO, portador de la cédula de identidad No. V- 22.151.717 y NAYIS KARINA CAMPO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 20.442.018; contra la decisión No. 0123-17, de fecha primero (1) de Febrero de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado, mediante la cual el referido Juzgado, decretó entre otros los siguientes pronunciamientos: Primero: La apre.....