es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, considera procedente y ajustado a derecho declarar:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Nulidad de Acta de Nacimiento formulada por la ciudadana YENISER DEL CARMEN SALAZAR MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 16.997.358, asistida de la Defensora Pública Segunda de Protección, Doctora Maria Celeste de Castro. Particípese lo conducente al Registro Civil de la Parroquia Arismendi, Municipio de Arismendi del Estado Bolivariano de Nueva Esparta con la finalidad de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta número 298 de fecha 15.09.2010 que reposa en el Registro Civil del Municipio Arismendi de este Estado, respecto de la nulidad declarada. Asi se establece.
SEGUNDO: Insértese nueva partida en la que se le iden.....