1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, contra la decisión de fecha 1 de abril de 2013, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión apelada que declaró procedente la oposición a la medida, suspendió la medida ejecutiva de embargo que recayó sobre el bien mueble identificado como "PLAYLOBER Tractor, Marca Caterpillar, color amarillo, Modelo 966D, serial 94X03456-5C7380""ejecutada en la presente causa y ordenó su entrega a la sociedad mercantil Granzón La Rosita, C.A.