este Juzgado considera procedente decretar Medida de Embargo Preventivo sobre el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre el Sueldo, Vacaciones, Bono Vacacional y Utilidades y Aguinaldos, que percibe el demandado MANUEL DE JESÚS SAUCEDO CAMARGO, ya identificado, como trabajador al servicio de la empresa WILSON WORKCOVER SA, de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, y a fin de garantizar dicha obligación alimentaria se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre los referidos conceptos. Así se decide.-
Para la ejecución de la Medida de Embargo recaída sobre los demás conceptos, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, haciéndole saber que las cantidades de dinero embargadas deberán ser remitidas en Cheque de Gerenci.....