Por las consideraciones de hecho y de derecho este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES JUICIO DEL Circuito Judicial Penal Del ESTADO Zulia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y por Autoridad de la Ley ORDENA SUBSANAR LA QUERELLA presentada por el Abogado CESAR ORLANDO DÁVILA, plenamente identificado en su escrito, en representación de JANETH FERNANDEZ COY, en el cual presenta acusación privada por la presunta comisión del delito EMISIÓN DE CHEQUE SIN PROVISIÓN DE FONDOS, previsto y sancionado en el articulo 494 del Código de Comercio, en contra de la ciudadano ESSET MUCHARRAFICH UZCATEGUI, por falta de requisitos de procedibilidad, contenidos en el artículo 401 407 y 415 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y déjese copia.