Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
En el juicio de LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL seguido por LILIBETH DE LA CHIQUINQUIRA CHUELLO MEDINA en contra de ORLANDO JOSE LOPEZ CARILLO, medida preventiva de embargo sobre el cien por ciento (100%) de los conceptos prestaciones sociales, fideicomiso e intereses y caja de ahorros, que le pueda corresponder al demandado ORLANDO JOSE LOPEZ CARRILLO, ya identificado en la parte narrativa del presente fallo, como trabajador de la empresa P.D.V.S.A, desde el día doce de Diciembre de 1992 ( fecha en que contrajeron nupcias) hasta el día trece (13) de Enero de 2.004, (cuando queda definitivamente firme la sentencia de divorcio).-