Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACION, seguido por el ciudadano JORGE SUAREZ MORALES, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 56.866 (Endosatario en Procuración del ciudadano JEAN KERWIN AÑEZ SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-14.305.338) en contra del ciudadano JULIO DELGADO, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.739.571, en consecuencia, se homologa el presente convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada.
B) Se ordena oficiar a la Empresa Enelven a los fines que se Suspende la Medida de Embargo sobre Prestaciones Sociales decretada.
C) Se libra cheque a nombre del Abogado en ejercicio JORG.....