Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Con Lugar el Recurso de Revisión interpuesto por la Dra. María Carolina Zambrano, Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución, Penas y Medidas de Seguridad, con base en el Principio de Retroactividad de la Ley, consagrado en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del penado LIOMAR MARCELINO NARVAEZ.
Segundo: En razón de la decisión dictada, se ordena rebajar la pena a UN (1) AÑO DE PRISIÓN, al penado LIOMAR MARCELINO NARVAEZ, por la comisión de delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópi.....