Por los fundamentos expuestos anteriormente, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL VENEZOLANO, interpuesta por el ciudadano JULIAN DAVID PÉREZ MARTÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.757.778, en contra de la ciudadana ELIZABETH COROMOTO MOSCHELLA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N° V- 8.702.356.
DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha once (11) de mayo de 1996, ante la Concejo Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contrajeran los ciudadanos JULIAN DAVID PÉREZ MARTÍN y ELIZABETH COROMOTO MOSCHELLA GONZÁLEZ, sup.....