DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, presentado en fecha catorce (14) de abril de 2015, por el ciudadano: ANTONIO GERMAN TORRES LOSAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.211.856, domiciliado en Ciudad Ojeda, sector Las Vegas 2, calle Bermúdez, casa sin número, parroquia Libertad, municipio Lagunillas del estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio CAROLINA PAZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 46.576; en contra de la ciudadana CAROLINA DEL VALLE PEROZO LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.365.791, domiciliada en Ciudad Ojeda, sector El Rodeo I, calle 4 amigos, casa sin número, parroquia Libertad, municipio Lagunillas del estado Zulia, en el presente procedimiento de: DIVORCIO ORDINARIO. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece al propio desistimiento de la parte demandante.
C.- Se ordena devolv.....