Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: ENTREDICHA DEFINITIVAMENTE a la ciudadana MELANIE JOSEFINA CARRUYO RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 153624.607, y de este domicilio, en la INTERDICCIÓN incoada por la ciudadana LISBBY JOSEFINA RAMÍREZ, contra la ciudadana MELANIE JOSEFINA CARRUYO RAMÍREZ. En consecuencia se designa de conformidad con lo previsto en el artículo 399 del Código Civil, TUTORA DEFINITIVA a la ciudadana LISBBY JOSEFINA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.522.865, y de este domicilio.
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 27 de enero d.....