siendo que se le Impone a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA , las sanciones de manera simultanea de REGLAS DE CONDUCTA, consistente en estudiar o trabajar y consignar las correspondiente constancia ante el Tribunal de Ejecución de esta Sección Adolescentes, debiendo consignar ante le Tribunal de Ejecución la respectiva constancia cada tres meses y Residir en su domicilio y cualquier cambio del mismo, deberá notificarlo al tribunal de manera inmediata . y LIBERTAD ASISTIDA, consistente en someterse a la supervisión, control y orientación del Equipo Multidisciplinario de esta sección adolescentes, cada 30 dias , ambas por el lapso de Un (01) AÑO, contenidas en el artículo 624, y 626 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Sanciones estas de cumplimiento simultáneo, tal como lo dispone el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Cítese de del adolescente IDENTIDAD O.....