DISPOSITIVO
Por los Fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el ciudadano LARRY JOSÉ GONZÁLEZ y la demandada ESTACIONAMIENTO JUDICIAL LA MARACUCHITA, C.A., todos plenamente identificadas en las actas procesales, por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.45.000,oo), en cheque de la cuenta corriente 01340082200821109003, No.45545148, girado contra Banesco, a favor del demandante, otorgándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal ordena del por terminado la presenta causa y archivar el expediente, por constar el pago de las cantidades acordadas en la transac.....