DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR del recurso de apelación interpuesto por el abogado EMIRO JOSE ARAQUE GUERRERO, actuando en su condición de Fiscal Auxiliar Vigésimo del Ministerio Público. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión N° 102-09, dictada en fecha 22-01-2009, emanada del Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario, Municipio Perijá del Estado Zulia, las pruebas documentales, signadas bajo los Nos. 1, 3, 6, 8, 9, 10 y 14, relacionadas con el escrito acusatorio presentado por el Fiscal del Ministerio Público, en el Acto de celebración de la Audiencia Preliminar, ordenando este Tribunal de Alzada la admisión de las pruebas documentales anteriormente mencionadas, a los fines de.....