En virtud de lo cual, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida por el ciudadano WHITMAN ANTONIO ZAMBRANO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Municipio Maneiro, en fecha 18 de febrero de 2008.
SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 18 de febrero de 2008.
TERCERO: Se condena en costa a la parte demandada, de conformidad con el artículo 281 del Código Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y .....