Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Parcialmente con lugar, la demanda intentada por la ciudadana AIMEL ROSAS DE MENA, en contra de la UNIDAD EDUCATIVA ALI PRIMERA, C.A.
Se condena a la UNIDAD EDUCATIVA ALI PRIMERA, a cancelar a la demandante, la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE (Bs-485.879) Bolívares por concepto de diferencia de prestaciones sociales, en la forma descrita en esta sentencia.
No hay condenatoria en costas, por no resultar totalmente vencida la parte demandada en el presente juicio.
Se ordena a la demandada cancelar los intereses de mora sobre las cantidades adeudadas a la trabajadora, a calcularse desde la fecha de finalización de la r.....