Por los fundamentos expuesto este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, que sigue el ciudadano PAULINO JOSÉ FORNERINO GARCIA, en contra del ciudadano WILLIAN DE JESUS SUAREZ HERNANDEZ, antes identificados.
SEGUNDO: Se condena al accionado al pago de la cantidad de CUATRO MILLONES TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (Bs. 4.003.156,16) cantidad esta que comprende los siguientes conceptos: A) La cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.200.000,00) que es la suma adeudada; B) La cantidad TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (Bs. 3.156,16) por concepto de interese legales calculados al tres (03%)por ciento anual; C) La cantidad de OCHOCIENTOS M.....