PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandada recurrente sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., en contra del auto de fecha 29 de septiembre de 2022 dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia que la aplicación del segundo despacho saneador. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 29 de septiembre de 2022 mediante el cual el Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia negó la aplicación del segundo despacho saneador. TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción del Estado Zulia, sede Maracaibo, aplique el segundo despacho saneador ordenando a la parte actora subsanar los vicios formales que presenta la demandada, en los términos .....