Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana ALICIA SOFIA OSSORIO DELGADO contra el ciudadano CLAUDIO SPAGNUOLO, ambos ya identificados, quedando en consecuencia, disuelto el matrimonio civil que contrajeron el día 1° de Septiembre de 2011, ante la primera autoridad civil de la parroquia Olegario Villalobos del municipio Maracaibo del estado Zulia, acta Nº 204.
Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente en la presente instancia de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.