Por las razones expuestas, éste Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, considera PROCEDENTE LA CONVERSION EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y bienes de los ciudadanos: Jihanly Sosiree Ordoñez García y Yordenis Rafael Moran Mavarez, ya identificados al inicio del presente fallo, y de este domicilio, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el nueve (09) de abril del 2011, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo Estado Zulia, según se evidencia de acta de matrimonio signada con el No. 64, agregada a las actas en copia certificada.- Así se Decide.-