Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE" al ciudadano WILMER SEGUNDO ABREU LOPEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, edad 46 años, titular de la cedula de identidad N° V-7.825.053, Soltero, de Profesión u Oficio Obrero, hijo de Maria de Abreu y Evangelista Abreu y Residenciado en la Concepción, Sector Los Bohios, frente al Abasto Edison, Calle y Casa S/N, Municipio Jesús Enrique Lossada, Estado Zulia, por su participación, como autor, en la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y lo condena a cumplir la pena.....