Por lo expuesto, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la adhesión a la apelación interpuesta por el abogado Julio Uzcátegui en representación del ciudadano ÁNGEL ZAMBRANO, contra la decisión de fecha 22 de febrero de 2005 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Fanny Velarde a nombre de la empresa demandada TRANSPORTE FAGA Y BOVINELLI C.A., contra la decisión de fecha 22 de febrero de 2005 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demand.....