DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1) INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la profesional del derecho MARGARITA ASSENZA, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil CERVECERIA POLAR, C.A., antes identificada, en contra del acto administrativo contenido ACTA DE EJECUCIÓN levantada en fecha 21 de julio de 2016, que corre inserto en el expediente N° 059-2016-01-512, emanado de la Inspectoría del Trabajo Sede "General Rafael Urdaneta" del Estado Zulia. 2) SE CONFIRMA EL FALLO RECURRIDO. 3:) No existe especial pronunciamiento en costa dada la naturaleza de lo decidido.
Publíquese y regístrese.
LA JUEZ,
THAIS VILLALOBOS SÁNCHEZ.
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