V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARIA LUISA FINOL, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil CORPORACION VASQUEZ C.A., en contra de la sentencia dictada el 06.08.2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia dictada el 06.08.2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: SE DISPONE que el tribunal que resulte competente no solo gestione las apelaciones interpuestas por la parte actora en contra de los autos dictados en fecha 13 y 15 de julio del 201.....