Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMRO: Se decreta medida de Embargo Provisional sobre:
a) LA TERCERA PARTE (1/3) del sueldo o salario, que devenga el demandado en la empresa PEQUIVEN. ubicada en la vía alterna complejo Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia.-
b) LA TERCERA PARTE (1/3) de las prestaciones sociales que le corresponden al demandado por sus servicios prestado en la referida empresa.
c) LA TERCERA PARTE (1/3) de la cantidad que posea el demandado en la caja de ahorros que pudiera existir para los empleados de dicha empresa.
d) LA TERCERA PARTE (1/3) de las cantidades que tenga constituido en fideicomiso e intereses de fideicomiso con la referida empresa o dentro de la misma.
e) LA TERCERA PARTE (1/3) de las vacaciones, bono vacacional, comisiones,.....