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Decisiones del dia 15/02/2005 |
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N° Expediente :
VH21-S-2003-000173
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N° Sentencia :
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Fecha: 15/02/2005 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes: JOSÉ LUIS BELTRAN FINOL CONTRA LA EMPRESA PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN) |
Resumen:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano JOSÉ LUIS BELTRAN FINOL contra la empresa PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN) por motivo de Estabilidad Laboral.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y Ordinales 3ero y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.
Dada, sellada y firmada en la sala.....
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Juez/Ponente:
Leonardo Bauza
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Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Cabimas.
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N° Expediente :
VH21-S-2003-000781
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N° Sentencia :
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Fecha: 15/02/2005 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes: DEIVI JOSÉ SANTANA VERA VS PDVSA, PETRÓLEO Y GAS, S.A., |
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL
TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: PERIMIDA la Instancia en la presente causa, en consecuencia se declara terminado este juicio.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decido. Se previene a la parte interesada que de tener interés pueden interponer la demanda nuevamente pasado que sean NOVENTA (90) de conformidad con la ley.
Se ordena expedir copia certificada de ésta Sentencia por Secretaria a los fines previstos en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 1384 del Código Civil y numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, LIBRESE OFICIO AL PROCURADOR GENERAL DE .....
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Juez/Ponente:
Leonardo Bauza
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Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Cabimas.
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